
| Ley 145 Ley 146 |
LEY 145 Y LEY 146
Cuando esta oficina prepara una Petición ó una Orden para los solicitantes bajo la Ley 145, la cuota es de $10.00.
Se les dará un recibo al mismo tiempo que se estén preparando los documentos. Asegúrense que el recibo diga: “Para archivar Petición, Orden y los gastos de la Ley 145.”
Los $10.00 son en adición a los $60.00 por la licencia de matrimonio y tienen que ser pagados en efectivo. Si el Juez no firma la Orden, los $10.00 no serán devueltos.
Para su información, estas cuotas cubren el mantenimiento de archivar,e imprimir estos documentos y otros asuntos relacionados con el departamento de Probate.
LEY 145
La pareja tiene que venir junto con los padres del cuál sea menor de edad. La joven tiene que estar embarazada y deEbe tener una carta notarizada por el doctor especificando cuándo nacerá el bebé. En caso en que el bebé haya nacido se pedirá el certificado de nacimiento. La pareja debe de tener copia certificada de sus actas de nacimiento y los papás deben de tener formas de identificación legal.
Se llenarán las solicitudes (dos [2] Ordenes y una [1] Petición)con todas las copias señaladas. La pareja firmará la Petición, se cobrarán los $10.00 para preparar los documentos y se le avisará al departamento de Probate. Después se les escoltará a dicho departamento con todos los papeles listos.
Luego de que hayan hido ante el Juez, se les pedirá los $60.00 en efectivo y se les hará firmar el acta de matrimonio para obtener la licencia de ésta.
La solicitud, la Orden, la Petición y el resto de los papeles son puestos en Ley 145 para ser archivados y matenerlos en los libros de Referencia. El propósito de archivar y enumerar los expedientes en los libros es para mantenerlos marcados bajo la Ley 145 y 146.
La diferencia entre La Ley 145 y la Ley 146 es:
Ley 145, la joven está embarazada y es menor de edad.
Ley 146, la joven ha dado a luz y es menor de edad.